El nivel de riesgo intrínseco de un sector o área de incendio se clasifica como bajo, medio o alto, y se subdivide en ocho niveles según su densidad de carga de fuego ponderada y corregida, Qs, en MJ/m². De él dependen los requisitos constructivos y de protección contra incendios del establecimiento.
| Nivel de riesgo intrínseco | Nivel | Qs (MJ/m²) |
|---|---|---|
| Bajo | 1 | Qₛ ≤ 425 |
| Bajo | 2 | 425 < Qₛ ≤ 850 |
| Medio | 3 | 850 < Qₛ ≤ 1.275 |
| Medio | 4 | 1.275 < Qₛ ≤ 1.700 |
| Medio | 5 | 1.700 < Qₛ ≤ 3.400 |
| Alto | 6 | 3.400 < Qₛ ≤ 6.800 |
| Alto | 7 | 6.800 < Qₛ ≤ 13.600 |
| Alto | 8 | Qₛ > 13.600 |
Un valor igual al umbral pertenece al nivel inferior: los tramos son «a < Qs ≤ b». Por ejemplo, un sector con Qs = 850 MJ/m² es de nivel 2 (bajo), no 3.
El nivel se determina para cada sector o área de incendio. Con él, la configuración del edificio y la superficie del sector se fijan los requisitos constructivos (anexo II) y de protección activa (anexo III) que le corresponden.
Fuente: Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, Anexo I (BOE núm. 87, de 10 de abril de 2025). Texto consolidado en boe.es. Los valores son los de los catálogos de esta aplicación, contrastados automáticamente con el BOE.